El Nuevo Dia

Municipio de San Juan regula los alquileres a corto plazo

El ayuntamiento también busca regular la operación de casas rodantes, móviles, flotantes, botes y casetas de acampar de lujo

JOSÉ ORLANDO DELGADO RIVERA joseorlando.delgado@gfrmedia.com Twitter: joseorlandodr

San Juan se convirtió en el segundo municipio en regular la actividad de los alquileres a corto plazo (STR, por sus siglas en inglés) en Puerto Rico, con la promulgación de un reglamento mediante ordenanza municipal, que establece una licencia anual de hasta $500 por unidad, entre otros requisitos.

El ayuntamiento también busca regular la operación de casas rodantes, móviles, flotantes, botes y casetas de acampar de lujo, mejor conocidas como “glamping”, que se utilicen como STR.

El alcalde de San Juan, Miguel Romero Lugo destacó que el reglamento no entrará en vigor inmediatamente, ya que la ordenanza concedió 180 días a la Oficina de Permisos para establecer el proceso de otorgamiento de licencias que, aseveró, será digital. Una vez la dependencia municipal establezca los mecanismos correspondientes, los operadores de STR tendrán 180 días para ponerse al día con la reglamentación.

De acuerdo con datos de la plataforma AirDNA provistos por el municipio, hasta noviembre del año pasado, en San Juan había cerca de 3,792 alquileres activos en plataformas como Airbnb y VRBO. De dicha cantidad, 3,225 eran propiedades alquiladas en su totalidad, como por ejemplo, casas y apartamentos.

“Esta ordenanza es para fomentar el desarrollo económico, pero enmarcado en el orden y la sana convivencia”, reclamó el alcalde. “El reglamento no se debe considerar como un obstáculo a los alquileres a corto plazo, sino más bien es crear un balance entre los intereses comunitarios y los operadores de estas propiedades”.

La ordenanza, que se firmó el viernes pasado tras ser aprobada por la Legislatura Municipal, estableció la creación de un registro obligatorio de las propiedades de STR en San Juan, así como el requisito de una licencia para operar.

A juicio del ejecutivo, el registro dará visibilidad sobre la localización de los alquileres, con el objetivo de reforzar las estrategias de seguridad y manejo de desperdicios sólidos.

Para obtener la licencia, el operador de una unidad de residencia compartida tendrá que pagar $100, mientras que las unidades de residencia no compartida y unidades muebles, como las casas rodantes, pagarán $500. El dinero no es reembolsable.

Entre los requisitos para conceder la licencia figura ser titular de la propiedad y presentar evidencia de cumplimiento con las licencias y reglamentos de la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) y el Departamento de Hacienda, entre otras entidades, incluyendo el Centro de Recaudación de Impuestos Municipales (CRIM).

Asimismo, los solicitantes deberán obtener un permiso único en la Oficina de Permisos y pagar patente municipal en los casos que sea necesario, informar el número de catastro de la propiedad y entregar una declaración jurada estableciendo el cumplimiento con la escritura matriz o reglamento del lugar donde se establecerá el alquiler.

EN CONDOMINIOS Y URBANIZACIONES

Respecto a la operación de los STR en propiedades sometidas al régimen de propiedad horizontal, según la Ley de Condominios de Puerto Rico, la ordenanza reiteró que estos alojamientos quedan desautorizados si la escritura matriz o reglamento del condominio o propiedad los prohíbe.

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2023-05-25T07:00:00.0000000Z

2023-05-25T07:00:00.0000000Z

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